BENIDORM.- El SPPLB, efectua reclamaciones a los presupuetos Municipales para 2015

El Sindicato de Policia (SPPLB), ha efectuado varias reclamaciones a los presupuestos municipales del 2015, en donde solicitan que se adopten algunas medidas que no se han realizado hasta el momento y no se incluyen en los mismos.
“Mediante el siguiente ponemos en vuestro conocimiento que en hoy, hemos presentado reclamaciones al Presupuesto Municipal para 2015” indica el comunicado que han realizado y que a continuación reproducimos textualmente.

La primera reclamación, es en el sentido que han sido innumerables las ocasiones en las que el Gobierno Local se ha comprometido a la realización de una Valoración de Puestos de Trabajo para todos los Trabajadores y Empleados del Ayuntamiento de Benidorm ( la última, en la MGN en la que la Concejala de RRHH manifestó que: “En breve”).

En este sentido, en los Presupuestos Municipales para 2015, no consta una partida especifica destinada a la realización de la Valoración de puestos de trabajo del Ayuntamiento de Benidorm que tantas veces han prometido. Únicamente recogen, una partida de 20.000 € para ESTUDIOS Y TRAB. TÉCNICOS que en alguna ocasión, ha sido utilizada para pagar los servicios de abogados externos y nada se ha utilizado para la realización de estudio o trabajo técnico referente a la Valoración de Puestos de Trabajo.

Por lo tanto, hemos solicitado que se amplíe y modifique la partida de Recursos Humanos referenciada, en la que conste estudios, trabajos técnicos y valoración de puestos de trabajo.

SEGUNDA RECLAMACIÓN

Desde la central sindical han sido varias las ocasiones en las que hemos solicitado que se abonaran, tanto las horas extras atrasadas que se adeudan a los Trabajadores Municipales, así como que, se ejecutaran las distintas sentencias en las que ha sido condenado este consistorio por agravios comparativos y discriminaciones salariales.
En este sentido, se observa en el anexo de personal integrado en los Presupuestos, informe de la Técnico en Relaciones Laborales, dirigido a la Intervención Municipal, sobre modificaciones presupuestarias que se van a producir en el ejercicio 2015 y que se deben de tener en cuenta. Entre ellas, constan dos sentencias de Trabajadores Municipales, cuya suma total es de 73.331,01 €, achacables a la forma arbitraria de actuar por parte del Ayuntamiento de Benidorm en contra de los Trabajadores, al hacer oidos sordos a sus escritos y que, ahora las arcas Municipales van a tener que desembolsar.
Pero además, existen mas Sentencias y Autos Judiciales que no se han tenido en cuenta, como el Auto nº 331/2014 del Juzgado contencioso Administrativo nº 2 de Alicante, por el que se estima la extensión de sentencia a un Agente de la Policía Local (Delegado sindical del SPPLB), para que se le abonen las cantidades dejadas de percibir, un total de 2.920 euros aproximadamente, mas los intereses legales y la sentencia nº 408/2014 por la que se estima que dos Agentes de la Policía Local sean admitidos a formar parte de los Servicios Extraordinarios (BOLSA) para el periodo 2012-2013, mas las costas judiciales que tendrían que estar previstos en los Presupuestos. Otra arbitrariedad.
Por lo tanto hemos solicitado que se modifique el Presupuesto y que en ellos queden reflejados el Auto nº 331/2014 del Juzgado contencioso Administrativo nº 2 de Alicante y la sentencia nº 408/2014. Así mismo, instar al Equipo de Gobierno a ser mas diligente en las cuestiones de personal, pues el gasto innecesario causado por la nefasta gestión, errores, arbitrariedades, discriminaciones salariales y agravios comparativos llevados a cabo por el Ayuntamiento de Benidorm, y que como queda demostrado es exagerado, bien podría haberse destinado a rebajar la deuda, impuestos, educación, servicios públicos esenciales o ayudas a los mas desfavorecidos y necesitados.

TERCERA RECLAMACIÓN

Que como consecuencia de la demanda interpuesta por el SPPLB, y tras la revisión del expediente, previo al juicio, la Junta de Gobierno Local acordó reconocer al Delegado de esta Sección sindical, D. Antonio Lozano Juan, mediante notificación, el abono de 79,47€, por errores en los cuadrantes remitidos por la Jefatura de la Policía Local referentes a la nocturnidad.

En este sentido, la Técnico manifiesta que efectivamente existe una diferencia de 8, 83€ en la retribución del concepto de nocturnidad por mes efectivo.

A tenor de lo expuesto, y dado que la estimación económica de este error puede superar los 25.000 € (calculo realizado: Personal que realiza nocturnidad x Años 2010,2011,2012 x Error detectado (8,83 x mes), solicitamos que se detraigan :

– 20.000 € de la partida de ALCALDÍA, ÓRGANOS DE GOBIERNO, 10 9120 22601 ATENCIONES PROTOCOLARIAS y se aumente en 20.000 € mas, la partida 12 9206 15100 GRATIFICACIONES, hasta 225.000 €,

– 5.000 € de la partida de ÓRGANOS DE GOBIERNO, 10 9120 22606 REUNIONES Y CONFERENCIAS, quedando la partida 12 9206 15100 GRATIFICACIONES en 230.000 €.

De este manera quedarían integradas las cantidades necesarias para abonar a todos los empleados municipales, ese error denunciado y reconocido por la Junta de Gobierno Local.

CUARTA RECLAMACIÓN

Hemos recordado que la plaza de Jefe de Obras y Servicios y la de Jefe servicio de RRHH, que, si bien la Administración manifiesta que esta última es de libre designación, ambas se encuentran vacantes, no cubiertas de forma interina y, según el plan de ajuste deben de amortizarse igualmente.
Por otro lado, en la mayoría de los casos, no se tiene constancia de que los Complementos de Productividad asignados vayan acompañados del obligatorio informe técnico previo donde se haga constar las circunstancias objetivas que lo sustentan y el cumplimiento de los objetivos asignados.
Por lo tanto, elevamos al Pleno esta reclamación en la que solicitamos que el Plan de Ajuste aprobado por el Pleno el día 15 de Junio de 2012, se cumpla y, además, Solicitamos que todos los gastos de los diferentes departamentos referentes a la partida de PRODUCTIVIDAD, que según nuestros cálculos ascienden a 1.474.420,20 €, vayan acompañados del obligatorio informe técnico donde se haga constar las circunstancias objetivas que lo sustentan y el cumplimiento de los objetivos asignados, dando cumplimiento al Plan de Ajuste, actuaciones del plan, uno:.- Medidas a adoptar en el capitulo primero de gastos, apartado g.

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