BENIDORM.- Un Tribunal archiva el recurso de FCC contra la adjudicación de la limpieza de dependencias

El TACRC da la razón al Ayuntamiento y confirma que la actuación municipal fue correcta

Como ya adelantamos ayer en Actualidad Comarcal, el Tribunal Administrativo Central de Recursos Contractuales (TACRC), dependiente del Ministerio de Hacienda y Función Pública, ha desestimado el recurso presentado por la mercantil Fomento de Construcciones y Contratas (FCC) contra la adjudicación del contrato de ‘Limpieza y mantenimiento básicos de las dependencias municipales y centros educativos de Benidorm’. Una adjudicación que se acordó en pleno el pasado 16 de febrero y que dejó este contrato en manos de la empresa OHL, la que obtuvo mayor puntuación en el concurso abierto convocado por el Ayuntamiento.

La concejala de Contratación de Benidorm, Lourdes Caselles, ha destacado que “el pronunciamiento del TACRC viene a dar la razón a los informes de los técnicos municipales sobre esta adjudicación, rechazando así los argumentos esgrimidos por la todavía adjudicataria, FCC”.

En su recurso FCC sostenía que OHL “debía haber sido excluida de la licitación por incumplir”, en su opinión, “los requisitos impuestos” por los pliegos de condiciones elaborados por el Ayuntamiento. Concretamente, la mercantil aseguraba que la oferta de la que resultó adjudicataria no incluyó algunos elementos requeridos, por lo que no debía haberse valorado. Además, ponía en duda la valoración técnica hecha por el personal del Ayuntamiento a la hora de puntuar las mejoras a implantar o las de medios materiales o productos, y el sistema de supervisión de los trabajos.

Tras analizar los argumentos de las tres partes –FCC, nueva adjudicataria y Ayuntamiento-, el TACRC sostiene que “ninguno de los defectos achacados a la oferta de OHL (…) son de entidad suficiente como para acarrear la consecuencia jurídica de exclusión de la licitación”. Y añade que “tanto las explicaciones ofrecidas por los técnicos Administrativos” como las de la “empresa licitadora” llevan “a la conclusión de que la recurrente pretende, fundamentalmente, escudarse en presuntas deficiencias” para “excluir a su principal competidor o alterar la puntuación de la valoración técnica” lo suficiente para decantar la adjudicación a su favor.

Añade este órgano que “no se ha acreditado, pues, que los técnicos de la Administración hayan obrado con arbitrariedad ni se han aportado criterios técnicos independientes que contradigan las conclusiones de aquellos”.

Caselles ha remarcado que “el Tribunal concluye que el Ayuntamiento actuó correctamente al adjudicar este contrato a OHL”.

Esta resolución pone fin a la vía administrativa, por lo que en caso de querer seguir adelante contra la adjudicación FCC deberá acudir al Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana (TSJ).

Deja un comentario