La justicia vuelve a condenar al Ayuntamiento al abono de 20.000 euros por intereses de demora en el pago de facturas de la anterior legislatura

Es la segunda sentencia por retraso en el pago de las obras del Proyecto del Talud y reposición del Camí L’Almuixo, que ya supuso en octubre una sanción de 15.000 euros

El Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 4 de Alicante ha fallado en contra del Ayuntamiento de La Vila Joiosa, condenándolo a pagar a la constructora del Camí L’Almuixo 20.385 euros como intereses de demora por el abono de las facturas que presentó la UTE Ortiz Construcciones y Proyectos SA Germans Tamarit. Esta nueva sentencia se suma a la dictada por el mismo juzgado el pasado mes de octubre, que también fue condenatoria contra el Ayuntamiento lo que supuso un pago de 15.395 euros.

Las empresas constructoras presentaron la reclamación de los intereses en abril de 2015 ante el Juzgado de lo Contencioso Administrativo, por unos trabajos que la sentencia considera que no hay ninguna duda “ni de la contratación, ni de la realidad de la adjudicación del mismo a la actora, ni de la efectiva ejecución de las obras de manera satisfactoria para la Administración”, como tampoco del pago de las certificaciones, aunque con meses de retraso.

Es por ello que las constructoras reclamaron los pagos de los intereses. Es aquí donde el juzgado falla parcialmente a favor del Ayuntamiento, puesto que determina que se deben abonar intereses a partir del registro de las facturas en el Ayuntamiento, y no antes como pretendía los demandantes. De hecho, en la reclamación inicial de la constructora se pedía más de 30.000 euros, y se ha reducido a 20.000 euros.

La sentencia considera que sólo se puede reclamar desde que las fechas se registraron en el ayuntamiento, y no desde su emisión. Así, el magistrado considera que los siete meses de retraso que hubo en el registro de las facturas en el Ayuntamiento no es responsabilidad de la administración, sino “una falta de diligencia del contratista, de modo que el retraso en la presentación de la factura al cobro exime a la Administración del deber de pagar los intereses por ese periodo, ya que no es responsable de la demora en ese periodo de tiempo”.

El edil de Hacienda, Joan Lloret, explicó que el Ayuntamiento tiene la dotación económica en previsión de la condena. “Teníamos muy claro que deberíamos pagar los 35.000 euros por una pésima gestión económica durante la anterior legislatura que calificamos de inexplicable: no pagar unas facturas de unos trabajos que sí estaban hechos”, se lamentó el primer teniente de alcalde.

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