La homologación del documento allana la ejecución de la sentencia del TSJ, que fijó el precio en 283 millones más los intereses legales desde el 16 de julio de 2018
El Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 3 de Alicante ha dictado con fecha de 18 de marzo el auto de homologación del acuerdo extrajudicial alcanzado por el Ayuntamiento de Benidorm y los hasta ahora propietarios de suelo en el APR7 de Serra Gelada para el cumplimiento de la sentencia 343/2024 del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana (TSJCV). Dicho acuerdo permitirá que este paraje protegido, enclavado en el Parque Natural de la Serra Gelada, pase de estar en manos privadas a ser patrimonio del pueblo de Benidorm, ahondado así aún más en su protección, tal y como ha destacado el alcalde de la ciudad, Toni Pérez, durante una rueda de prensa para informar de la recepción de este auto dictado por la justicia.
El primer edil ha explicado que, nada más tener conocimiento del mismo, y “tal y como se ha hecho en todo este tiempo y desde la máxima transparencia”, este mediodía se ha convocado una junta de portavoces para dar traslado del mismo a todos los grupos de la Corporación municipal y, posteriormente, a toda la ciudadanía a través de los medios de comunicación.
Durante esta rueda de prensa, Pérez ha recordado que el documento homologado por el tribunal de instancia “es el mismo que se aprobó el pasado 17 de marzo en sesión plenaria y admitido en todos sus términos por la propiedad”, por lo que ahora “se inicia un tránsito, desde el minuto cero, para dar cumplimiento a este acuerdo plenario, y por tanto a la sentencia del TSJ, siempre atentos a los servicios e informes técnicos y a lo que mandate la ley”.
Como se ha venido informando en los últimos días, el acuerdo recoge una cuantía a satisfacer por parte del Ayuntamiento que asciende a 350 millones de euros, la cantidad establecida por sentencia firme como precio del suelo entre el principal y los correspondientes intereses legales, calculados desde el 16 de julio de 2018, y propone dos fórmulas para hacerla efectiva: pago en metálico y pago en suelo.
El alcalde ha explicado que, en el periodo de audiencia abierto por el Ayuntamiento para explorar la posibilidad de alcanzar un acuerdo, hubo una propuesta por parte de las propiedades, en la que había algunas discrepancias con el interés municipal y, por tanto, el interés general del pueblo de Benidorm. Entre ellos, uno relativo a los intereses legales generados.
Así, ha recordado que, tras la última firma de renovación de convenios, aprobada por socialistas y liberales en el año 2013, ocho años después de que el fuera declarado Parque Natural y cuando ya se encontraba fuera de ordenación tras la aprobación de la Declaración de Impacto Ambiental en 2012, “el Ayuntamiento no volvió a recibir ninguna propuesta por parte de la propiedad relativa a suelos. Lo que hubo fue una reclamación económica, exclusivamente dineraria; concretamente, el 16 de julio de 2018, fecha en la que está fijada la sentencia del TSJ” para establecer el inicio del plazo desde el cual se calculan los intereses establecidos en el acuerdo aprobado y homologado por el tribunal, y no desde el 16 de febrero de ese año, como proponían las empresas reclamantes.
“El acuerdo cerrado y homologado certifica el 16 de julio de 2018, algo que no es menor, aunque algunos se hayan empeñado en generar confusión incluso en ustedes y en la sociedad, porque estamos hablando de cinco meses en disputa”, ha manifestado Toni Pérez.
El primer edil ha continuado su intervención manifestando que “la sentencia del TSJ fijó un precio para el suelo, pero no su valor” y ha defendido que “el verdadero valor es que Benidorm por fin va a incorporar ese suelo al patrimonio municipal de todos los y las benidormenses”.
“Nosotros gestionamos la economía y gestionamos algo también muy importante, que es el alma de este pueblo –ha señalado Toni Pérez–. Ya les dije en su momento que esto requería de mucha responsabilidad y de tener claro el objetivo; y que este asunto estaba en las mejores manos que podía estar, que era precisamente con este gobierno local del que soy alcalde. Y creo que el tiempo nos ha dado la razón”, ha finalizado.
Contenido del acuerdo
Como se ha venido contando estos días, el acuerdo establece una doble modalidad de pago. Por lo que se refiere al pago en dinero, se plantea un pago inicial de 60 millones de euros antes del 31 de diciembre de 2026, un importe que se afrontará a través del préstamo de 55 millones fruto de la adhesión municipal al Fondo de Impulso Económico y con recursos propios. A partir de ahí, se abrirá un periodo de carencia del principal de la deuda hasta el 31 de diciembre de 2030, plazo durante el cual el Ayuntamiento podrá o no amortizar parte del principal, devengándose no obstante intereses legales anuales sobre el saldo vivo del principal pendiente, sin perjuicio del periodo de carencia previsto en el clausulado.
A partir del 1 de enero de 2031, se iniciará el periodo de amortización obligatoria para el Ayuntamiento, que se comprometerá a amortizar anualmente el principal de la deuda, además de los intereses que correspondan, abonando a los propietarios anualmente, y hasta la cancelación total de la deuda, una cantidad económica que no podrá ser inferior al 8% de los recursos corrientes ordinarios previstos en el estado de ingresos del presupuesto municipal de cada ejercicio.
Por lo que se refiere al pago mediante la cesión de terrenos, el acuerdo contempla también dos modalidades de dación en pago. Por un lado, la destinada a la amortización de los intereses generados hasta la fecha de la firma del acuerdo, que será de obligada aceptación y adquisición por parte de los propietarios. Es decir, se plantea abonar una cuantía de 67.386.655,89 de euros, a satisfacer por el Ayuntamiento durante un plazo de 5 años, mediante daciones en pago de terrenos con aprovechamiento urbanístico directamente materializable en suelo urbano que cuente con la condición de solar inmediatamente edificable, libre de cualquier carga de urbanización.
Estas daciones en pago propuestas deberán ser obligatoriamente aceptadas por los propietarios, señalando el Consistorio que los terrenos se ubicarán en ámbitos urbanísticos del Sector PP2/1, Sector Murtal 2, PP Ensanche Levante, PAU 1 y/o cualquier otro suelo que tenga el carácter de solar edificable de uso residencial en su modalidad de plurifamiliar que actualmente no se encuentre así previsto en el PGOU de 1990, con un valor de canje del aprovechamiento que no podrá ser superior al justiprecio, conforme a lo que establece la ley. Es decir, en base a la propuesta municipal la propiedad asumiría obligatoriamente casi 70.000.000 € en terrenos durante 5 años a precio de mercado (justiprecio), con tasaciones actualizadas en el momento del ofrecimiento por parte del Ayuntamiento, ciñéndose por tanto al valor real y actualizado del suelo en cada momento.
Además de este pago en especie del importe correspondiente a los intereses, el acuerdo municipal también plantea la posibilidad de realizar sucesivas daciones en pago destinadas a la reducción de la deuda (principal más intereses que se devenguen después del 1 de enero de 2027), mediante la cesión acordada de terrenos de titularidad municipal. En este caso, a diferencia de la anterior propuesta, su aceptación no será obligatoria por parte de la propiedad.